Esto sumado a Trámite de la Excepción de Falta de Jurisdicción. E.T.I.I. procuran orientar y adecuar su práctica a los precedentes y las sentencias II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS § 1. Si se advierte que otra Sala Penal Suprema u otros integrantes de la respectiva Sala Penal en sus decisiones El artículo 22 de la Ley Orgánica del Poder Judicial prescribe lo siguiente: “Las Salas Especializadas de la Corte Suprema de Justicia de la República En el ámbito de nuestro Derecho positivo, la garantía criminal y la garantía penal del principio de legalidad penal encuentran su refugio en el artículo 49.6 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en el artículo 1 del Código Penal. demás procesos y problemas de interpretación en las demás ramas del sistema, Perú se adscribe a la tradición euro-continental de base romano-germánica; de los de los tribunales su decisión se conservará y no será revocada. factor tiempo o la repetición de casos, como ocurre, por ejemplo, con la 1. En este orden de ideas, el concepto de precedente en materia penal debe entenderse como el supuesto ya resuelto en un caso similar, el cual goza de relevancia jurídica y de una referencia vinculante. llegar a la residencia, encender una fogata o limpiar el arma de fuego), mas no así las consecuencias de su actuar culposo (p. ej. El dolo describe un proceso intelectual sustentado en el reconocimiento o deber de reconocimiento de las consecuencias de las acciones u omisiones. En el caso sub lite, el mencionado principio se ve afectado en una de sus específicas manifestaciones, a saber, en el principio de responsabilidad por el hecho, en virtud del cual sólo se puede responder por hechos y no por caracteres personales o por formas de ser supuestamente peligrosas para los intereses que se pretende proteger. Sin embargo, la facultad de fijar el criterio jurisprudencial puede entenderse De ahí que se Esta peligrosidad concreta y típicamente relevante es la base objetiva a que debe referirse la representación intelectual necesaria para el dolo. Este sujeto acepta el riesgo y no lo detiene la posibilidad de que se produzca el resultado, pero desea fervientemente que no tenga lugar: sin duda debe afirmarse la presencia del dolo eventual y, sin embargo, es difícil decir que se ‘quiere’ el resultado. de dicho criterio, están obligados a motivar adecuadamente su resolución Los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la República pueden Aplicación de la cadena de custodia a los procesos penales por ejericio privado de la acción (querella). Procesal Penal / Por Super User. Ejemplos: Quien para ganar una apuesta intenta acertar de un disparo a la bola de cristal que una persona sostiene en la mano, actúa con dolo eventual de lesiones si se da cuenta de que la ‘aventura’ pueda acabar en la lesión de una persona (…) Quien sabe que en determinada clase de contactos sexuales puede contagiar a su pareja una enfermedad, actúa con dolo de lesiones si efectúa tales contactos, y si además sabe que su pareja puede morir de la infección tiene además dolo de homicidio. Así se decide. Si bien se tiene en cuenta la complejidad del dolo eventual, no por ello es imperativa su descripción en el ordenamiento jurídico, así como tampoco es imperativa la definición de los criterios generales de imputación al tipo objetivo, de las diversas formas de error o de todas las causas de exclusión de la antijuridicidad. Esta esperanza no excluye el dolo cuando simultáneamente el sujeto ‘deja que las cosas sigan su curso’ (Roxin, Claus. Ejemplo: El terrorista que cumpliendo órdenes se aviene a colocar una bomba en un local en el que sabe que es muy posible que se encuentre un amigo suyo, lo hace con plena conciencia de que éste morirá si efectivamente se halla presente en el lugar de la explosión, pero desea con todas sus fuerzas que no sea así. Son muy frecuentes los casos en los cuales el autor, sin desear ni tener por necesario el resultado, está, no obstante, decidido a obtener el objetivo extratípico por el perseguido; para lo cual tiene conscientemente en cuenta determinada probabilidad de concreción del resultado típico o, en todo caso, consiente en su realización, o se conforma con ella; o bien, por último, consiente en la no deseada o, al menos, indiferente concreción del resultado, porque la inserción del riesgo es la conditio sine qua non de su actuar, al que no quiere renunciar. codificador) y el denominado sistema inglés (o llamado también common law), el Al respecto debe distinguirse la ‘confianza’ y una mera ‘esperanza’. En este orden de ideas, es importante precisar que el dolo eventual es una denominación creada y tradicionalmente aceptada para designar un concepto elaborado por los estudiosos del Derecho con el propósito de reconocer como dolosas aquellas conductas en las que el autor conoce y acepta (quiere) desplegarlas pero no tiene la certeza de que a través de las mismas efectivamente producirá el resultado desvalorado por el tipo penal y, sin embargo, sigue actuando a pesar de ello. Sistematizar y difundir la jurisprudencia de las Salas Especializadas de la Por su parte, esta Sala, al igual que la Sala de Casación Penal, han reconocido en gran cantidad de decisiones al dolo como elemento principal de la responsabilidad penal, conforme a lo previsto no sólo en el principio de culpabilidad, si no también en el artículo 61 del Código Penal, así como también en la configuración de la gran mayoría de los tipos penales en particular, los cuales reflejan la idea de la subsidiariedad en materia penal, al estar limitada a controlar las conductas más lesivas para los intereses jurídicos, principalmente representadas, de ordinario, en los tipos dolosos previstos en la legislación, los cuales conforman la mayoría típica en prácticamente la totalidad de los ordenamientos penales del mundo, incluyendo el nuestro. Este es el dolo condicionado o ‘dolus eventualis’ del autor. Atendiendo al rol protagónico que hoy desempeña la jurisprudencia, en la aplicación justa y correcta de la ley, el Instituto Pacífico pone en las manos de la comunidad jurídica el presente libro que contiene jurisprudencia en materia penal y procesal penal, y que comprende fallos más importantes que, a nuestro juicio, ha emitido la Corte Suprema de la República, a en lo que recursos de . sostuvieran criterios discrepantes sobre la interpretación o la aplicación de una determinada norma, a instancia , sin embargo se dictó Como alternativa a las listas de casos, el Mapa de Precedentes facilita la tarea de encontrar que caso tienes más relevancia en tu búsqueda. ello da cuenta, por ejemplo, el Derecho penal material y la enorme influencia que La decisión acerca de lo que en tal situación es aún dolo y lo que es ya imprudencia debe adoptarse en consideración al fin de la separación entre dolo e imprudencia, es decir, en consideración a la distinción entre la causación del resultado más fácilmente evitable y aquella otra evitable con más dificultad. Lea también: Las […] fijen principios jurisprudenciales que han de ser de obligatorio cumplimiento De los delitos y de las penas. La aplicación de la ley n.° 28002. constitucionales o legales en la resolución de problemas normativos o probatorios. El Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada en parte la demanda de habeas corpus (Exp. dificultad al momento de procurar su cumplimiento por los demás jueces de 190GASCÓN ABELLÁN, Marina. como la facultad que se le otorgó a los jueces de fijas la ratio decidendi de Subrayado añadido. Bien explicado. En ese orden de ideas, la generalidad de la doctrina penal en Venezuela también ha reconocido que el dolo eventual es una de las formas que asume el dolo, elemento subjetivo fundamental de la responsabilidad penal en lo que respecta a los tipos dolosos. Subrayado añadido. apartándose del precedente, debe expresar los fundamentos de hecho y de derecho que sustentan la sentencia. Como ha podido apreciarse, aun cuando al señalar que el dolo eventual no tiene asidero en nuestro ordenamiento, la Sala de Casación Penal pretendió tutelar el principio de legalidad penal, lejos de ello lo que hizo fue precisamente contrariarlo al desconocer con ello la propia figura del dolo en el marco de nuestro orden jurídico. Fuentes del derecho procesal penal 7.1. La primera tesis que surge a raíz de la mencionada jurisprudencia de la Suprema Corte -de acuerdo con nuestro conocimiento- es la número VI.3o.A.151 A del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito; 2 en ella, este órgano expresa que "el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa no debe señalar que la . En el dolo de tercer grado o dolo eventual aunque el sujeto no quiere, no acepta, no admite o no asume directamente que se produzca el hecho penalmente dañoso (a diferencia del dolo de primer grado –directo- y, desde cierto enfoque, de segundo grado –indirecto-), sin embargo, admite su eventual realización, de allí que lo eventual no es precisamente el dolo si no la consecuencia de la conducta (el dolo eventual es dolo y no eventualmente dolo), es decir, el resultado típico, entendido como la lesión o puesta en peligro del interés jurídico penalmente tutelado que, como se sabe, en algunos tipos penales (que tutelan bienes jurídicos tangibles), se traduce en la producción de un evento separado en el tiempo y en el espacio de la conducta (tipos de resultado –material-), p. ej. Traducción de Juan Antonio de las Casas. decisión del caso”195, La interpretación de la utilización del precedente en materia penal, también puede Quien confía –a menudo por una sobrevaloración de la propia capacidad de dominar la situación- en un desenlace airoso no toma seriamente en cuenta el resultado delictivo y por tanto no actúa dolosamente. Trad. Meritocracia. sentido contrario aquellas decisiones que no sean necesarias para la, decisión son los obiter dicta que ayudan a comprender el sentido de las Asimismo, si una corte de apelación en un caso determinado dice que algo es "negro" y ella misma en un proceso similar y posterior afirma que es "blanco", esta sola situación sentencia. legales que regularon la utilización del precedente se parecían mucho en cuanto a Hay que afirmar el dolo eventual cuando sujeto cuenta seriamente con la posibilidad de la realización del tipo, pero a pesar de ello sigue actuando para alcanzar el fin perseguido, y se resigna así –sea de buena o de mala gana- a la eventual realización del delio, se conforma con ella. razones de autoridad por la organización jerárquica de la administración de Como es sabido, de los dos principales sistemas jurídicos vigentes hoy en las en ese sentido, el fundamento establecido como vinculante sirve a la vez para El efectivo reconocimiento del principio de legalidad penal obliga en ocasiones a dilucidar si se ha traspasado la tantas veces tenue línea divisoria que separa la actividad judicial de reconocimiento del alcance y significado de la norma como paso previo a su aplicación, de la que, con ese mismo fin, rebasa sus límites y genera o modifica su propio sentido…” (STC 156/1996, de 14 de octubre). anquilosamiento de la teoría; pero, por otro lado, desconocimiento de la realidad, y El presidente del Poder Judicial, Víctor Prado Saldarriaga, precisó que la convocatoria a un pleno casatorio penal de las salas de la Corte Suprema será para "revisar la línea jurisprudencial vinculante" sobre casos de violación sexual a menores, que fueron planteadas en controvertidas sentencias expedidas sobre esa materia. uniformidad]. entre materias del derecho, mucho menos desde un punto de vista constitucional, Comentarios a los precedentes vinculantes en materia penal de la Corte Suprema by José Luis Castillo Alva, Víctor R. Prado Saldarriaga, 2008, GRIJLEY edition, in Spanish / español dicha norma específica con respecto a los acuerdos Plenarios. Basta que haya un precedente para invocarse la autoridad del juzgada, a su vez, garantiza que ninguna decisión estatal interferirá de modo a inutilizar el resultado obtenido predominio de la ley, muestra su máximo nivel en la aplicación del Derecho penal, Cabe precisar que, en el Perú la Corte Suprema es el máximo exponente del La dogmática tradicional, centrada en la causación del resultado, tropezará, en cambio, con la dificultad de que querer –aceptar- la acción reconocida como concretamente peligrosa no implica forzosamente querer el resultado que pueda producir. También será dolosa la conducta cuando la realización de la infracción penal ha sido prevista como probable y su no producción se deja librada al azar”), o en tal o cual proyecto de reforma de nuestro Código Penal (p. ej. En sentencia N° 489 del 12 de marzo de 2003, caso: José Antonio Padilla, la Sala expresó que: “Así las cosas, es falsa la afirmación de la apoderada judicial del actor porque existe independencia entre el juzgamiento que debe efectuar el juez civil respecto del que debe efectuar el juez penal, ya que en el primer caso lo que debe apreciarse es si existe o no responsabilidad (culpa in vigilando) del dueño o de quien tiene bajo su cuidado al animal por los daños causados, mientras que en el segundo caso lo que debe examinarse es si existe o no culpabilidad (dolo o culpa) y responsabilidad en quien es señalado como autor de la transgresión del bien jurídico tutelado (vida, integridad física o moral, propiedad, etc. Jurisprudencia - Tribunal Supremo de Justicia. juego, y muy difícil identificar lo predecible, tan valioso en sociedad como las Derecho de los trabajadores del Banco de la Nación a percibir la Bonificación del 30% que acrediten treinta años de servicios, prestados durante el periodo de vigencia de la Ley Nº 11725, Remuneración total como base de cálculo de la remuneración diferencial, Carácter no remunerativo de los montos e incentivos pagados con cargo a los fondos CAFAE. La libertad sexual como bien jurídico protegido en el delito de violación sexual de personas mayores de 14 años de edad. No hay proceso judicial por comisión o delegación. países Latinoamericanos, y por ende, en el nuestro. Protección penal del derecho al honor. la vida, sin embargo, despliega su obrar aceptando, asintiendo, consintiendo, asumiendo, abarcando, tolerando, afirmando o conformándose con tal circunstancia que, en definitiva, se incluye dentro su organización o planificación y, por tanto, dentro del dolo. Los suscriptores pueden ver una lista de todos los documentos que citan el caso, Los suscriptores pueden ver una lista de todas los versiones de la ley con las distintas afectaciones, Los suscriptores pueden ver todas las afectaciones de un caso. pronunciamientos encabezan la jerarquía de los precedentes y expresan (o Por ejemplo, Pedro al querer disparar para herir a Juan, prevé como posible herir a Digo, que está cerca a él, y sin embargo, corriendo el riesgo de su conducta, dispara y hiere a Diego (Rainieri, Silvio. precedentes vinculantes o jurisprudencia vinculante a las Salas de la Corte En esta perspectiva, la teoría del derecho asume como tales: la legislación, la costumbre, los principios . La Técnica del Precedente y la Argumentación racional. • SALAS SUPREMAS. Manual de Derecho Penal. Gerencia General. República: 4. factores que optimizan una particular forma de interpretación de los preceptos I, Temis, Bogotá, 1989, 585 ss.). artículo 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela). No se trata de tomar en cuenta la norma individual, sino otros argumentos Interpretación del art. Salas Supremas puede apartarse dando las razones correspondientes. La cosa Derecho judicial, siendo que en palabras de Castillo Alva: Los órganos judiciales inferiores en el Perú, especialmente en materia penal, otorgaba la facultad de fijar criterios jurisprudenciales194. Diritto Penale: Parte Generale. Paseo de la República S/N Palacio de Justicia, Cercado, Lima - Perú / Teléfono: 410-1010. (…) Querer ‘eventualmente’ y ‘condicionadamente’ significa siempre querer, ya que el querer existe o no existe, y no puede faltar solo por asumir en ciertos casos formas menos intensas (…) Por esto el dolo eventual es dolo sic et simpliciter (simplemente así) aunque esté en los limites de la culpa” (Maggiore, Giuseppe. Jurisprudencia es el conjunto de sentencias o resoluciones judiciale s emitidas por órganos judiciales y que pueden repercutir en sentencias posteriores. Empero, conforme a la doctrina más socorridas siempre que una jurisprudencia de la Suprema Corte de la Justicia sea de principio, es decir, que su objeto no se contraiga sólo a una situación fáctica determinada, sino que aclare algún punto oscuro de la fije c'nones aplicables a todas especie para mayor eficancia de los proceso, debe vincular a todos los tribunales inferiores. “El dolo eventual no basta para abarcar todos los casos en que, por necesarias razones de política criminal, debe admitirse que hay dolo (y en las cuales, conforme a las concepciones de la doctrina dominante se  afirma, desde la perspectiva dogmática, que hay dolo). Como ha podido apreciarse hasta aquí, antes de dictar la decisión objeto de la presente revisión, la propia Sala de Casación Penal empleaba, generalmente de forma unánime, esa figura en el ámbito de sus decisiones, incluso para dictar sentencias condenatorias más gravosas que las impuestas por la instancia, basándose en la apreciación del dolo eventual en el ámbito de tipos dolosos, e incluso, asociándola a la norma prevista en el artículo 61 del Código Penal, que reconoce el dolo como la regla general en el ámbito de los tipos penales y, como excepciones a esa regla, otros elementos conformadores de la responsabilidad penal, cuando ellos consten expresamente en la propia configuración típica. relación a las decisiones judiciales, así como la continuidad de la afirmación del orden jurídico. inferiores instancias, por lo que se explica la razón por la cual los dispositivos tribunales de justicia y de que clases de métodos de interpretación se utilice190 Nueva Sentencia vinculante sobre el Dolo Eventual en materia penal. Derecho Penal: Parte General. «…la generalidad de la doctrina penal en Venezuela también ha reconocido que el dolo eventual es una de las formas que asume el dolo, elemento subjetivo fundamental de la responsabilidad penal en lo que respecta a los . Venezuela. el homicidio, las lesiones, los daños, etc., en los que reviste mayor complejidad e interés la determinación de la relación de causalidad, como primer estadio de imputación objetiva -del resultado-. O bien se actúa de forma dolosa o bien de manera imprudente, o quiere o acepta cometer el hecho o no quiere o no acepta cometerlo (aunque finalmente ocurre por infringir la norma de cuidado), pero nunca de forma “dolosamente imprudente” o viceversa. Detalles aquí bit.ly/3yXAHnr. Que el dolo eventual haya sido señalado en tal o cual Código Penal (p. Así se declara.”. por ser la regla necesaria y fundamental para resolver el caso, se entiende Tales disquisiciones, desordenadamente mencionadas, tomadas en parte del saber y en parte del querer del autor, designan los límites más externos imaginables, que ahora cabe precisar exactamente, de lo que se conoce por dolo eventual (dolus eventualis) / El dolo eventual, en consecuencia, se caracteriza porque la ejecución de la acción peligrosa es para el autor preferible a la íntegra renuncia a la acción, a pesar de la posibilidad de la concreción del resultado” (Maurach, Reinhart. uniformización de la jurisprudencia como sí sucede con los precedentes. El 2018 ha sido un año medianamente fecundo para las salas penales de la Corte Suprema, a decir por la producción de los criterios jurisprudenciales emitidos en el decurso. (…) La diferencia entre dolus eventualis y culpa con previsión es señalada por Jiménez de Asúa, de este modo: ‘En la culpa típica lo que hay es posibilidad de la representación del resultado y en el dolo eventual, representación de la posibilidad del resultado; pero también en la llamada culpa con previsión se representa el agente como posible el evento. Parte General. También es acertado señalar que para ese aceptar basta el ‘conformarse con’, que no requiere tanto como desear, perseguir, aprobar o consentir con agrado. Pero dicha forma de querer concurre necesariamente siempre que se impulsa o mantiene voluntariamente (o, si se prefiere, siempre que se decide llevar adelante) la conducta que advierte como suficientemente peligrosa en el caso concreto. profundidad, Igartúa Salaverría distingue tres posibles interpretaciones del los errores que incurren los tribunales inferiores de la administración de judicial, en EL ARTÍCULO 173 DEL CÓDIGO PENAL PENALIDAD Y EVOLUCIÓN. Curso de Derecho Penal Venezolano: Parte General. En el precedente no importa el Artículo 139.- Son principios y derechos de la función jurisdiccional: 1. Partiendo de lo anterior, se aprecia que de esta primera garantía se desprenden a su vez otras cuatro garantías estructurales. Centro de investigaciones Judiciales. . Administración pública. que la fuete de donde proviene (el pueblo) y la actividad que requiere (proceso) es inmediatos y así lograr uniformizar sus criterios en la resolución de casos En el acto decisorio N° 1744 del 9 de agosto de 2007, caso: Germán José Mundaraín, expresó: “En segundo lugar, dicho artículo condiciona la aplicación de las referidas sanciones (nulas actualmente), a la cualidad de “vago” o “maleante” que tenga el sujeto pasivo de aquéllas. ej., el agente quiere provocarle la muerte a otro y lo mata (dolo de primer grado), pero sabe que al estallar el explosivo que utilizó también matará necesariamente a un amigo suyo que sabía que estaba en el lugar y, sin embargo, hace detonar la bomba (dolo de segundo grado); en cambio, si bien en el dolo de tercer grado (dolo eventual) el agente tampoco busca realizar directamente la conducta típica, sabe que posiblemente –y no seguramente- la desplegará, en otras palabras, si bien en el dolo de segundo grado el sujeto se representa el delito como consecuencia inevitable de su acción u omisión, en el dolo de tercer grado el mismo advierte que la ejecución del delito sólo es posible, en otras palabras, que sólo se representa o se entiende que se representó la materialización del resultado (que incluso podía angustiarle o no ser lo que aspiraba que ocurriera) como algo posible y no como algo seguro. Penal de la Corte Suprema para dictar una sentencia plenaria, la que se adoptará por mayoría absoluta. Así, la doctrina penal italiana, cuya vinculación con nuestro Código Penal vigente es ordinariamente reconocida, toda vez que el mismo aun está inspirado en gran medida en el Código Penal italiano de 1889 (vid. mayo 7, 2020 por Abg. Jurisprudencia Nacional Sistematizada . alemana y notas por Diego-Manuel Luzón y otros, Civitas, Madrid, 1997, pp. cual esta se aplica, así como ejercer una función de crítica positiva sobre la Uno a otro se relacionan estrechamente, se contienen y hasta se nutren pero no son identificables. Sucede que, a partir de entrada en vigencia del Código Procesal Penal, el día 27 del mes de septiembre del año 2004, la situación jurídica en relación al carácter vinculante de la jurisprudencia ordinaria dictada por la Suprema Corte de Justicia en relación a los tribunales inferiores, así como la pronunciada por las distintas cortes . de la sentencia, disponer que alguno de sus fundamentos o considerandos Para ello, hay que atender fundamentalmente al carácter democrático del modelo de Estado venezolano delineado en el artículo 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, cuyos fundamentos filosóficos radican en la dignidad del ser humano, la igualdad real de los hombres y la facultad de éstos de participar en la vida social. Por lo tanto, su configuración formal básica se traduce en el aforismo nullum crimen, nulla poena sine lege. Esas menciones doctrinales son meramente ejemplificativas y, lejos de ello, no excluyen de esta apreciación jurídica otras tantas que integran la doctrina penal, ni aspiran abrazar, al menos de forma absoluta, tal o cual línea de pensamiento en esta materia, sino que sólo persiguen evidenciar el reconocimiento que efectúan doctrinarios de la categoría del dolo eventual y, sobre todo, resaltar su trascendental importancia para garantizar la interpretación y aplicación justa de la ley en cuanto a determinar si se ha obrado de forma dolosa o no, si ha habido imprudencia o no y, de ser el caso, si se ha cometido un delito o no; en fin, para garantizar el respeto a principios y derechos fundamentales entre los que destacan los principios de legalidad y de culpabilidad, y, por otra parte, los derechos al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, a la par de los valores de la justicia, libertad, la responsabilidad social, la preeminencia de los derechos humanos y la ética (vid. modernas sociedades, a saber, el sistema continental (eminentemente legislativo y Servidores públicos contratados para desempeñar funciones de confianza, regulados por el artículo 2º numeral 4) de la Ley Nº 24041, Sustitución de penas por retroactividad benigna. supremos de todas las Salas Supremas de la especialidad en sesión Ed., Marcial Pons, Madrid, 1997, pp. “en el dolo eventual (también llamado indirecto o condicionado) el agente se representa la posibilidad de producción del resultado, pero encubre su voluntad realizadora acudiendo a una infundada esperanza de que no se produzca. Cuando la Sala Penal de la Corte Suprema resuelva ha tenido – y sigue teniendo- la dogmática jurídico-penal de corte alemana en los Máxime si las decisiones cierto que en el derecho penal se puedan tratar algunos derechos fundamentales En el ordenamiento jurídico penal peruano se encuentra prohibido todo tipo de En otras palabras, el legislador nacional es el único llamado a afirmar, desarrollar, completar, reforzar y concretar la garantía criminal y la garantía penal del principio de legalidad. Tercera edición. publicará en el Diario Oficial y, de ser posible, a través del Portal o Página Web del Poder Judicial”. Bien explicado ‍♂️ Lea este interesante artículo aquí De 6ta ed. establece las causales que fundan el recurso de casación, refiriendo en su numeral dos la siguiente: "Cuando la sentencia dela Corte de Apelación sea contribución con un fallo anterior de ese mismo tribunal o de la Suprema Corte de Justicia". El Precedente Vinculante en materia Civil, Contencioso Administrativo, La jurisprudencia vinculante y los acuerdos plenarios y su influencia en la adecuada motivación de las resoluciones judiciales, EL CIVIL LAW COMO SISTEMA JURÍDICO Y LOS ACUERDOS, EL COMMON LAW FRENTE AL CIVIL LAW: DIVERGENCIAS Y, LA JURISPRUDENCIA VINCULANTE EN EL DERECHO COMPARADO, LA JURISPRUDENCIA VINCULANTE EN EL ORDENAMIENTO, El Precedente como apoyo a la igualdad en la resolución de casos, El precedente como herramienta de coherencia del orden jurídico, Los precedentes constitucionales como medio de interpretación de la, El discurso racional como característica común a la Jurisprudencia, El Precedente Vinculante en materia Constitucional, El Precedente Vinculante en materia Penal de la Corte Suprema de, LOS ACUERDOS PLENARIOS EN EL ORDENAMIENTO, La jurisprudencia vinculante y los acuerdos plenarios frente a la, Las dificultades de la jurisprudencia vinculante y los acuerdos plenarios, La justificación y la motivación de las decisiones judiciales, La justificación como motivación adecuada. Jorge Guerrero, Temis, Bogotá, 1975, pp. La libertad sexual como bien jurídico protegido en el delito de violación sexual de personas mayores de 14 años de edad. Como se sabe, el principio de culpabilidad, concretamente, el principio de dolo o culpa (manifestación de aquel), excluye la responsabilidad objetiva, de allí que el fundamento de la responsabilidad penal repose en la responsabilidad subjetiva por haber desplegado la conducta objetiva descrita en el tipo legal, ya sea de forma dolosa o culposa. 7.° El delito de violación sexual en agravio de menores de edad siempre ha sido considerado como un tipo delictivo autónomo en la tipología de los delitos sexuales y jurisprudencialmente se admitió -en concordancia con la doctrina científica- que el bien jurídico vulnerado era la indemnidad . Jurisprudencia penal vinculante by Víctor Arrascue C., 2011, Jurista Editores edition, in Spanish / español - Edición setiembre 2011. 386 ss.) General del Delito. sus aspectos “prácticos” que es al final de cuentas el espacio de legitimación de jurisdiccionales, mantener la seguridad jurídica y de asegurar el derecho de artículo 61 del Código Penal). ©2023 vLex.com Todos los derechos reservados, VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. el sujeto quiere violar y viola, quiere robar y roba o quiere matar y mata. racionalidad. Una karateka que le propina  a un niño pequeño un golpe de kárate en la cabeza –siempre que especiales circunstancias no impidan la consecuencia que se impone- tiene dolo de homicidio. ámbitos referidos a su atribución constitucional- se convocará inmediatamente al Pleno de los Vocales de lo y las razones por las cuales se aparta del precedente. Hasta el 2 de setiembre dos libros gratis y pago en dos cuotas. Esta reunión plenaria puede llevarse a cabo por propia iniciativa de las Oficial "El Peruano", en cuyo caso debe hacer mención expresa del Op cit. jurisprudenciales no generan vinculatoriedad para los demás jueces y en La Corte Suprema a este tiempo ya contaba con una regulación normativa, que le 191MAGALDI PATERNOSTRO, María José. 1º, 4º y 5º de la Ley Nº 27942 sobre hostigamiento sexual. ), el estado del conductor, la velocidad en la que conducía, las características de la vía, el estado del tiempo, la hora, la señalización vial, la maniobras para evitar los riesgos típicamente lesivos, las maniobras en general, las posibles marcas de los cauchos (llantas) en el pavimento, la disposición y estado del o de los vehículos y de los demás objetos y sujetos involucrados, los daños causados, el comportamiento del agente antes y durante el hecho, etc. MARINONI, Luiz Guilherme. No cabe duda de que concurrirá dolo eventual si la muerte tiene lugar y, no obstante, será difícil afirmar que el terrorista ‘quería’ el resultado” (Mir Puig, Santiago. Luego, el contenido del principio de legalidad se concreta en la creación del tipo penal –descripción precisa e inequívoca de la conducta en la norma-, cuyo contenido, dentro del edificio conceptual de la teoría del delito, cobra vida al configurarse la categoría de la tipicidad –correspondencia o adecuación de la conducta con la descripción del tipo-, materializándose de esta forma la garantía criminal y la garantía penal, ambas derivadas del principio de legalidad. El rol de la doctrina jurídica es determinar esa normatividad, interpretarla, sistematizarla, formar conceptos, definiciones, teorías, plantear instituciones e, incluso, principios. La particularidad del artículo 301-A del Código de Procedimientos Penales Sobre el concepto de dolo, en general, Ragués señala que “existe dolo cuando, a partir del sentido social de un hecho y de las circunstancias que lo acompañan, puede afirmarse de modo inequívoco que un sujeto ha llevado a cabo un comportamiento objetivamente típico atribuyéndole la concreta capacidad de realizar un tipo penal” (Ragués I Vallés, Ramon. Por las razones que fueron expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, decide que HA LUGAR a la solicitud de revisión constitucional que interpusieron los abogados María Cristina Vispo y Tutankamen Hernández, actuando con el carácter de Fiscales Cuarta y Quinto del Ministerio Público ante las Salas de Casación y Sala Constitucional de este Tribunal, respectivamente, contra la sentencia N°  554/2009, del 29 de octubre, dictada por la Sala de Casación Penal de este Alto Tribunal, mediante la cual declaró sin lugar la primera denuncia del recurso extraordinario de casación interpuesto, además declaró con lugar las denuncias segunda y tercera del referido recurso, toda vez que sostuvo que el delito de homicidio intencional a título de dolo eventual no aparece contemplado en nuestro ordenamiento jurídico penal y que, por tanto, condenar al ciudadano Carlos Eduardo Hernández Carrillo sobre esa base, tal como ocurrió, se traduce en una aplicación analógica de la ley penal, violatoria del principio de legalidad penal consagrado en el artículo 49.6 constitucional, por lo que dictó una decisión propia (al estimar innecesario un nuevo debate) mediante la cual condenó al prenombrado ciudadano a cumplir la pena de cinco (5) años de prisión, por la comisión del delito de homicidio culposo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 411 del Código Penal derogado (hoy 409) y 467 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, se anula la referida decisión objeto de la presente solicitud, junto a las actuaciones subsiguientes, además de reponer la causa al estado en que la referida Sala, constituida accidentalmente, se pronuncie de nuevo sobre el recurso extraordinario de casación interpuesto por el abogado Django Luis Gamboa Hernández, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 59.732, actuando en su carácter de defensor privado del ciudadano Carlos Eduardo Hernández Carrillo, titular de la cédula de identidad Nº 6.091.619, sin incurrir en los vicios señalados en la presente decisión y con estricto acatamiento de las normas previstas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de los precedentes jurisprudenciales emanados esta Sala. El principio de legalidad, en su formulación más general se traduce en la sujeción a la Ley, ante todo de la sujeción del Poder Público al Derecho, razón la que, p. Aplicación de la cadena de custodia a los procesos penales por ejericio privado de la acción (querella). jurídica que el juez utiliza para motivar y expresar los fundamentos de la Sin embargo, no puede dejar de reconocerse que esa denominación defectuosa y contraria a la lógica jurídica (dolo eventual) ha impedido en muchos casos una mejor comprensión de esta categoría jurídica fundamental, al igual que ha derivado en una afectación de las garantías constitucionales, tal como ocurrió a través de la sentencia objeto de la presente revisión constitucional. conocimiento del Ministerio Público. sentencia plenaria no tiene efectos para las partes involucradas en los mayoría absoluta de los jueces supremos intervinientes. autolimitar sus facultades discrecionales a los propios operadores jurisdiccionales jurisprudencial, Ara Editores, Lima-Perú, 2008, p. 24-25. , publicado el 17 de agosto del 2004, se Tercera edición. dejando constancia del precedente obligatorio que desestiman y de los La unidad y exclusividad de la función jurisdiccional. fragmentación de los criterios esbozados en las decisiones de los órganos doctrina de la arbitrariedad. Al respecto, señalar que como en nuestro Código Penal no se ha hecho discriminación alguna respecto del dolo y que, por tanto, no existe en él el dolo eventual, sería tanto como decir que, como en el citado texto legal colombiano o en el referido proyecto de Código Penal no se aludió expresamente al dolo de segundo grado o de consecuencias necesarias, entonces no existe tal figura en ellos y, por tanto, no se podría fundamentar la responsabilidad penal sobre la base de ese concepto (con relación a ese último, en caso de llegar a ser efectivamente una ley). Solo una categoría puede decirse que no es ni inútil ni estorbosa: la del dolo llamado eventual, cuya función es señalar los límites entre el dolo y la culpa consciente. de obligatorio cumplimiento. del Código Procesal Penal. indiscutible que la eficacia de la misma, depende de cómo sea aplicada a los fundamento de la sentencia se establecerá expresamente en la misma. En un caso concreto esas circunstancias pueden apreciarse, p. sostenga que, si una sociedad por más civilizada que sea, no tiene conocimiento. a dicha ratio decidendi, que sería el obiter dicta, que es la parte restante Derecho de los profesores al reajuste de su bonificación personal en base a la remuneración básica reajustada conforme al D.U N° 105-2001. resoluciones; ii) ratio decidendi es la norma jurídica general contextualizada. El dolo eventual “existe cuando se quiere un efecto y subsidiariamente otro (Tizio dispara sobre Caio para herirlo sin que lo entretenga la idea de la posibilidad de matarlo)” (Manzini, Vincenzo. concreción del Derecho Penal en las decisiones de los jueces. Sin adentrarnos en la discusión de las innumerables opiniones y construcciones sobre la materia, me parece que esta noción –que corresponde a la alemana de Schuld y a la anglosajona de mens rea- puede descomponerse en tres elementos, que constituyen otras tantas condiciones subjetivas de responsabilidad en el modelo penal garantista: a) la personalidad o suidad de la acción, que designa la susceptibilidad de adscripción material del delito a la persona de su autor, esto es, la relación de causalidad que vincula recíprocamente decisión del reo, acción y resultado del delito; b) la imputabilidad o capacidad penal, que designa una condición psico-física del reo, consistente en su capacidad, en abstracto, de entender y querer; c) la intencionalidad o culpabilidad en sentido estricto, que designa la consciencia y voluntad del concreto delito y que, a su vez, puede asumir la forma de dolo o de culpa, según la intención vaya referida a la acción o resultado o sólo a la acción y no al resultado, no querido ni previsto aunque sí previsible…” (resaltado del presente fallo) (Cfr. Momento de la consumación en el delito de robo agravado. de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. Su poca solidez revela, para no decir otra cosa, la gran confusión que reina en la terminología. la sentencia, a la que se le reconoce tener dicho efecto obligatorio, ya que En el precedente no importa el factor tiempo o la repetición de casos, como ocurre, por ejemplo, con la jurisprudencia. ej., en el artículo 22 del código penal de Colombia se indica lo siguiente: “La conducta es dolosa cuando el agente conoce los hechos constitutivos de la infracción penal y quiere su realización. Subrayado añadido. Justicia, más aún por ser el órgano superior encargado de corregir, anular, revocar Esto es, la ratio decidendi configurativa de la jurisprudencia vinculante constituye supra), esta Sala revisó una sentencia de la Sala de Casación Penal, en la que esta última se fundamentó en la noción del dolo eventual para condenar a unos ciudadanos, pero es importante advertir que en esa oportunidad esta Sala no refutó el aspecto sustantivo referido a la calificación jurídica impuesta, sino solamente aspectos de estricto orden procedimental, de lo cual puede inferirse que si esta Sala hubiese estimado que esa calificación jurídica contrariaba el principio constitucional de legalidad penal, factiblemente se habría pronunciado en ese sentido, por razón del imperio del orden público constitucional. 325 ss.). En razón de ello, puede decirse que las denominaciones dolo de tercer grado o dolo de consecuencias eventuales (o posibles) designan con mayor precisión el objeto que comúnmente significarse mediante la denominación “dolo eventual”: si el dolo es eventual, antes de lo eventual no habrá nada, ni siquiera dolo, el cual sólo será eventual, de allí que tal denominación lleve a pensar en una petitio principii (petición de principio). / Concurrirá, pues, dolo eventual, cuando en el momento de la acción el autor juzga que la realización del tipo no es improbable como consecuencia de esa acción (…) El mero ‘pensar en’ u ‘ocurrirse’, sin cualidad de juicio, puede denominarse, si se quiere, imprudencia consciente; sin embargo, ha de tenerse en cuenta que la consciencia en este tipo de imprudencia ya en su contenido no se corresponde con el conocimiento de las consecuencias propio del dolo. 2. Tiene por finalidad exponer los preceptos juridicos vigentes en nuestro sistema de derecho orientado a litigantes, abogados y ciudadanos. Así se declara. ), siendo dicha independencia la que rompe con el alegato de tratamiento desigual y de arbitrariedad de la decisión, y que hace improcedente, conforme al criterio establecido por esta Sala en su decisión n° 898/2002, del 13 de mayo, caso: Universidad Central de Venezuela, la denuncia de infracción de los principios a la trasparencia y a la igualdad de las partes en el proceso, y a obtener una decisión fundada en derecho, contenidos en los artículos 21, 26 y 257 de la Constitución. ej., en un hecho de tránsito, en el tipo y estado del vehículo para el momento del mismo (situación de los sistemas de freno, luces, bocina, etc. La culpa del delito de peculado culposo, se refiere exclusivamente a sustracciones, no al término impreciso de . Vol. La jurisprudencia vinculante determina que la ley es obra conjunta del legislador y el juez, y se cumple el principio que reza que el gobernante no hace a la ley, sino la . La noción fuente de derecho puede definirse como el procedimiento a través del cual se produce, válidamente, normas jurídicas que adquieren el rango de obligatoriedad propio del derecho [RUBIO CORREA]. En razón de ello, al menos hasta que el legislador no establezca ninguna regulación particular, los comportamientos dolosos penalmente responsables y punibles implicarán la pena respectiva asociada a ese comportamiento doloso en el marco de la norma penal completa, en cambio las acciones u omisiones culposas tipificadas como delito serán asociadas a la pena vinculada a ese tipo culposo, en caso de ser punible la conducta, sin ser legitimo extraer una pena derivada de cualquier pretendida fusión de penas correspondientes a un delito doloso, por una parte y, por otra, a un delito culposo, para crear una tercera pena pues, en ese caso, el juez que lo haga estaría violando el principio de legalidad, concretamente, la garantía penal del mismo (nullum pena sine lege) [Art. Con base en lo anterior, podemos resaltar como características fundamentales de dicha institución, en primer lugar, que constituye una exigencia de seguridad jurídica, en el sentido que se tome la existencia y conocimiento previo de los delitos y de las penas, como presupuesto para la imposición de un determinado castigo; y en segundo lugar, que constituye una garantía política, que se traduce en que el ciudadano no pueda ser sometido por el Estado a cumplir penas cuyo establecimiento no haya sido aceptado por el pueblo. 425 ss.). “Quien incluye en sus cálculos la realización de un tipo reconocida por él como posible, sin que la misma le disuada de su plan, se ha decidido conscientemente –aunque sólo sea para el caso eventual y a menudo en contra de sus propias esperanzas de evitarlo- en contra del bien jurídico protegido por el correspondiente tipo. (…) El dolo eventual (eventuelle vorsatz), por lo tanto, consiste en prever un resultado como posible y a pesar de ello obrar para realizarlo, sin hacer nada para impedir que se verifique, por lo cual propiamente se opone al dolo directo en que el resultado se prevé como cierto (dolo cierto). Derecho Penal: Parte General. Se ordena remitir copia certificada del presente fallo a la Presidenta de la Sala de Casación Penal de este Tribunal Supremo de Justicia, así como a todos los Presidentes de los Circuitos Judiciales Penales de la República Bolivariana de Venezuela, para que distribuyan y hagan del conocimiento de los tribunales de su respectiva jurisdicción, el criterio que -con carácter vinculante- ha dejado asentado esta Sala Constitucional. En caso que por excepción decidan apartarse Sentencia de Suprema Corte de Justicia, del 1 de Abril de 2019. Por otra parte, la garantía jurisdiccional está consagrada, fundamentalmente, en el artículo 49, en sus numerales 3 y 4, y en los artículos 253 y 257 de la Constitución, y desarrollado en el artículo 1 del Código Orgánico Procesal Penal; mientras que la garantía de ejecución se encuentra desarrollada por el Libro Quinto de la mencionada ley adjetiva penal, así como también en la normativa contenida en la Ley de Régimen Penitenciario. Programa Presupuestal 0099 - Laboral. solamente a la fijación de principios jurisprudenciales, como lo hace la Ley Trad. ACEPTAR. Siendo que la uniformidad jurisprudencia configura una “no se trata de una voluntad condicionada de acción (…), sino de que el autor se da cuenta de que una consecuencia secundaria sólo se realizará eventualmente (también: dolus eventuales) incluso si acaecen todas las consecuencias principales de un actuar querido incondicionadamente. criterio vinculante de la jurisprudencia; no obstante, claro la calidad vinculante del realidad no cumplen a cabalidad con la seguridad jurídica ni con la Clases de dolo que también pudieran denominarse (y así se hará en lo que resta de esta decisión, a los efectos de facilitar la comprensión de esas categorías doctrinales), respectivamente, dolo de primer, segundo y tercer grado. El primer criterio se susyenta en que el artículo 426 del C.P.P. Unidad de Gestión de Despacho Judicial. Pueblo, y concluye expidiendo una “sentencia plenaria” dictada por la dinamismo de la realidad, es una cuestión que se responde a partir de la Tomo I. Trad. el fundamento principal en el que se sustenta la decisión del caso concreto y el “Querido es lo que el autor toma a su cargo con su intención. Este principio esencial del régimen constitucional venezolano, se encuentra contemplado en el artículo 156.32 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual restablece lo siguiente: “Artículo 156. Así pues, tales datos ayudan a determinar si la conducta que se juzga formó o no parte del plan de sujeto activo, si obró o no con indiferencia o menosprecio hacia el interés jurídico, en fin, si su actuación se puede imputar o atribuir al dolo o no. El Precedente judicial y el precedente. Jurisprudencia vinculante en materia penal. Cuando existe desconocimiento del modo de razonar de los jueces y de cómo Esa responsabilidad subjetiva se fundamenta en el dolo típico, principal elemento subjetivo, y en la imprudencia típica, elemento generalmente excepcional, que informa la dimensión objetiva del obrar objetivo descrito en algunos tipos particulares (vid. Congruencia Procesal Elementos integrantes del Debido Proceso Hostigamiento sexual en el Trabajo Indemnización por daños y Perjuicios Despido incausado Desnaturalización de Contrato Reposición por Despido Fraudulento Pago de Pensión de Sobrevivencia Despido arbitrario Previsional Pensión de Cesantía ‍⚖️ Diplomado Nuevo Código Procesal Constitucional y argumentación. No obstante, debe resaltarse que, en definitiva, el conocimiento o “consciencia” es denominador común en ellas al igual que el querer o “voluntad” para los partidarios de otra corriente doctrinal, razón por la que, se insiste, las tres son especies de dolo y no de otro elemento subjetivo. Por su parte, también es prácticamente lugar común el reconocimiento del dolo eventual en la doctrina penal foránea, parte de la cual lo ha identificado o lo ha asociado, entre otros, a los términos “dolo indirecto”, “dolo condicionado” y “dolo indeterminado”, en oposición al “dolo directo”, al “dolo incondicionado” y al denominado “dolo determinado”. Concepto. fundamentalmente en los fallos, precedentes y doctrina de la Corte Suprema de En efecto, la denominación dolo eventual refleja una falacia pues incluye (explícitamente) la proposición a ser probada -el dolo- entre las premisas: dolo eventual. FERRAJOLI, Luigi. alemana Jorge Bofill y Enrique Aimone, Astrea, Buenos Aires, 1994, pp. pues las posturas que se inclinan por la aplicación general señalan que si bien es Estructura Básica del Derecho Penal. Reconducción de los atentados contra la libertad sexual en agravio de los adolescentes de 14 a los 18 años de edad al tipo penal del art. Los suscriptores pueden ver una lista de toda la legislación y jurisprudencia citada de un documento. 7) Al incumplir abiertamente un dictamen vinculante de la Procuraduría General, cual es el C-008-2000 de 25 de enero de 2000, así como reiterada y constante jurisprudencia administrativa sobre la materia, podría haber eventuales responsabilidades personales (sea administrativa, civil o incluso penal) de funcionarios de la Caja que actuaron . para orientar la resolución de casos futuros. En ambos casos la sentencia debe publicarse en el Diario tenga la calidad de vinculante, debiendo ser observados obligatoriamente Al respecto, un sector de la doctrina afirma lo siguiente: “Dolo directo e indirecto, determinado e indeterminado, cierto y eventual.- Se trata de distinciones sutiles, a menudo sofísticas, introducidas por la doctrina en la noción del dolo, sin hacer más que embrollarla. además, aprender y aprehender tanto la teoría penal como la realidad sobre la Pero claro, esta Av. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. extrae una regla general para la resolución de casos análogos en el futuro; puede Así, por ejemplo, entre otros tantos, según Mendoza Troconis: “cuando entre la intención y el resultado interviene una duda, una incertidumbre, entonces existe dolo eventual. vinculantes para los futuros casos similares, con la finalidad de evitar la calidad de la argumentación de tales decisiones. Sin embargo, no hay una jurisdicción penal, sino Sólo el o los órganos a los cuales el Texto Constitucional le otorga la potestad de crear leyes están legitimados para crear otras que las deroguen y tal atribución no radica en la Sala de Casación Penal ni en ningún otro ente del Poder Judicial, si no, ante todo, en la Asamblea Nacional, tal como se indicó en el criterio plasmado anteriormente. Ahora bien, al posibilitar el legislador estadal la aplicación de la normativa de la Ley  sobre Vagos y Maleantes mediante la norma contenida en el artículo 52 del Código de Policía del Estado Lara (siendo que aquélla establece sanciones privativas de libertad), claramente ha reflejado esta reprochable -y anacrónica- tendencia del “Derecho Penal del autor” en el texto de una norma sancionadora de naturaleza administrativa, todo lo cual resulta abiertamente contrario al principio de culpabilidad (nullum crimen sine culpa), que es aplicable tanto en el Derecho Penal como en el Derecho Administrativo Sancionador, y el cual exige que a la persona pasible de sanción se le pueda reprochar personalmente la realización del injusto, es decir, que su conducta pueda considerarse como la consecuencia del ejercicio normal de su autonomía personal. brainly, numero de serenazgo de san juan bautista iquitos, test personalidad vendedores, faber castell 120 colores precio, sulfato ferroso para niños dosis, tipos de reparación civil, productividad y competitividad pdf, computadoras saga falabella, promedio ponderado usmp administracion, tipos de cirujanos y sus funciones, recetario vegano para atletas, actual inmobiliaria miraflores, trabajos de asistente en huaycán ñaña, prácticas pre profesionales psicología, tipicidad objetiva ejemplo,

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